ENERGÍA DEL FUTURO
 
Página web de Lisbona Oil S.L.
Actualmente en Andalucía no tenemos tipo autonómico.

La posibilidad de obtención de las devoluciones se limita a los titulares de los siguientes vehículos:

- Vehículos a motor o conjunto de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con un peso máximo autorizado IGUAL O SUPERIOR a 7,5 toneladas.

- Vehículos a motor destinados al transporte de pasajeros:

  •        -M2: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) y peso máximo QUE NO SUPERA las 5 toneladas.
  •        -M3: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) y peso máximo SUPERIOR a 5 toneladas.

-Taxis. Turismo destinado al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y aparato taxímetro








¿Qué vehículos pueden obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos?